ANMAT prohibió un chocolate y un aceite de oliva: ¿cuáles fueron las marcas involucradas?
La medida responde a una alerta sanitaria por el uso de registros inexistentes, lo que impide garantizar su trazabilidad y seguridad. La disposición ordena la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas digitales.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la comercialización de dos productos alimenticios falsamente rotulados que se vendían en todo el país y a través de plataformas en línea. La medida responde a una alerta sanitaria por el uso de registros inexistentes, lo que impide garantizar su trazabilidad y seguridad.

Dos productos bajo la lupa
La medida quedó oficializada a través de las disposiciones 5431/2025 y 5433/2025, publicadas en el Boletín Oficial el 29 de julio. Abarca dos productos distintos:
- Color para chocolate amarillo LACA, marca Top Class, presentado como “Premium Pastry Supplies”, con un contenido neto de 100 gramos y rotulado con los registros sanitarios RNE N° 05567291 y RNPA N° 35619210.
- Aceite de oliva marca SOMA, supuestamente elaborado por SOMA SA en Paso Viejo, Córdoba, con registros RNE N° 415298 y RNPA N° 415987.
En ambos casos, los registros exhibidos en los rótulos fueron verificados por autoridades sanitarias provinciales, quienes confirmaron que no existen en las bases oficiales.
Productos ilegales e inseguros
Según la ANMAT, los productos incumplen el artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino. Al estar falsamente rotulados y no contar con registros reales, se consideran ilegales.
“La falta de registro impide asegurar condiciones mínimas de elaboración, control de calidad e inocuidad”, advirtió el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Además, el organismo alertó sobre la imposibilidad de identificar de forma fehaciente los establecimientos productores.

Prohibición total y advertencia al consumidor
La disposición ordena la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y plataformas digitales. También prohíbe la venta de cualquier producto que exhiba los números de RNE o RNPA involucrados, ya que también serían considerados ilegales.
Las autoridades sanitarias recomiendan a los consumidores abstenerse de adquirir estos productos y denunciar su oferta en canales oficiales. Los rótulos pueden encontrarse en la edición digital del Boletín Oficial.
La intervención se enmarca en las funciones de fiscalización sanitaria que ejerce la ANMAT. Desde el organismo remarcaron que estas acciones buscan proteger a la población frente a productos potencialmente riesgosos que circulan fuera del control legal. Las plataformas de venta online también serán notificadas para cesar la publicación de estos artículos.
Ante cualquier duda, los consumidores pueden consultar los registros sanitarios en la web del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) o comunicarse con la ANMAT. Reportar productos sospechosos contribuye a evitar riesgos para la salud y a fortalecer los controles públicos.
El Litoral
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