Entonces, ¿hay que pagar SADAIC para festejar una graduación? “Estamos buscando una solución”
El director general de SADAIC explicó ante Radio Rafaela el conflicto con los salones de fiesta y la postura de la entidad sobre el pago de derechos de autor.
Actualmente, en la ciudad de Rafaela se está viviendo un importante conflicto relacionado con el pago de los derechos de autor por parte de los organizadores de eventos y de los jóvenes que buscan abaratar costos en las graduaciones de fin de año.
La controversia surgió tras la aplicación del decreto 765/2024, que modifica el régimen de derechos de autor y establece que aquellos que obtienen un beneficio por la utilización pública de contenidos protegidos deben abonar una remuneración. Este decreto afecta directamente a los salones de fiesta, generando un fuerte debate entre los organizadores de eventos y las entidades como SADAIC y AADI-CAPIF, encargadas de la gestión de los derechos de los autores y productores musicales.
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En este contexto, surgen cuestionamientos sobre el monto a pagar y la forma en que se deben aplicar estos derechos, lo que ha generado una serie de reclamos y posturas encontradas en la comunidad rafaelina.
De hecho, desde la sanción del decreto 765/2024, que modifica el régimen de derechos de autor, la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC) ha expresado su rechazo y ha iniciado acciones legales para impugnarlo. En diálogo con Radio Rafaela, Guillermo Ocampo, director general de la entidad, aseguró que la norma “roza la inconstitucionalidad” y afecta el derecho de propiedad de los creadores musicales.
La disputa por los salones de fiesta
Uno de los principales puntos de conflicto es la aplicación del decreto a los salones de fiesta (y no a los organizadores del evento), lo que ha generado posturas a favor y en contra. “Más allá del debate constitucional, el mismo decreto establece que quien obtenga un beneficio directo o indirecto por la utilización pública de contenidos protegidos debe pagar un derecho de remuneración”, explicó Ocampo.
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En este sentido, desde SADAIC consideran que los salones de eventos lucrativos (como puede suceder con la Sociedad Rural de Rafaela) entran en esta categoría, ya que alquilan espacios y utilizan música protegida, generando ingresos a partir de ella. “No nos cabe la menor duda de que deben pagar por el uso de obras protegidas”, sostuvo el directivo.
El conflicto en Rafaela
El debate llegó a Rafaela con el reclamo de padres y estudiantes organizadores la graduación de fin de año, quienes se manifestaron en contra del cobro de derechos de autor en fiestas privadas. “Sabemos que esto generó un fuerte debate en la comunidad y estamos buscando una solución que contemple todas las posturas sin afectar nuestros derechos”, afirmó Ocampo.
El directivo confirmó que SADAIC ya había respondido previamente a la Sociedad Rural sobre su postura, pero que, tras la reciente reunión con el Concejo Municipal de Rafaela, están evaluando alternativas. “Nos interesa proteger el derecho de los autores y compositores, pero también buscamos una salida que contemple el interés de todas las partes”, subrayó.
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Tarifas y aclaraciones sobre los pagos
Otro punto de controversia es el monto que deben abonar los organizadores de eventos. En Rafaela se habló de un pago de 9 millones de pesos en concepto de derechos de autor, cifra que Ocampo aseguró desconocer. Además, explicó que SADAIC cobra un 4% del total, mientras que AADI-CAPIF percibe un 8% por los derechos de los intérpretes y productores fonográficos. “Muchas veces se suma el porcentaje de ambas entidades y se cree que SADAIC cobra el 12%, pero eso no es así”, aclaró.
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Ocampo sugirió que también se consulte la postura de AADI-CAPIF, ya que ambas organizaciones intervienen en la regulación del pago de derechos musicales en eventos públicos.
Mientras tanto, el conflicto sigue abierto. Por lo pronto, desde SADAIC ratificaron que el impuesto deben abonarlo de todas maneras y que el canon (es decir, el porcentaje a pagar) debería definirse en los próximos días.
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