Literatura: se presentará el libro “Morir con Dignidad en Argentina – Verdad o Utopía”
En Rafaela, el escritor Dr. Carlos Soriano presentará su obra. Radio Rafaela dialogó con el escritor, quien detalló la temática del libro.
En el año 2012, desde hace 10 años, existe en nuestro país la “Ley 26.742 de Muerte Digna”. Carlos Soriano a través de su libro busca explicar sobre la misma, la cual, según Soriano, es desconocida por gran parte de los profesionales de la salud.
La ley, en su artículo 1°, afirma que “todo paciente tiene derecho a aceptar o rechazar cualquier terapia física o biológica, con o sin manifestación de causa, inclusive aquellos tratamientos de hidratación o nutrición, cuando los mismos prolongasen una situación de enfermedad irreversible o incurable de grave sufrimiento, ya sea físico o psíquico para el paciente”.
Incluso, Carlos Soriano suma en consideración el artículo 59 del Código Civil, el cual, en sus palabras, permite que se le pueda solicitar al médico retirar todo el soporte vital cuando la situación es de sufrimiento ominoso para el paciente y no tiene “vuelta atrás”.
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El paciente está sufriendo de una enfermedad irreversible, y prolongar la agonía es lo que nosotros llamamos encarnizamiento terapéutico[Dr. Carlos Soriano]
¿Qué es el “encarnizamiento terapéutico”?
Obstinarse, poniéndole drogas, poniéndole respirador, reanimándolo, cuando realmente el paciente es prácticamente una planta o está sufriendo o realmente está en un coma prolongado, del cual no va a poder salir. La familia y el paciente a veces están sufriendo una agonía que es evitable. No es que lo estemos dejando morir, estamos permitiendo que la naturaleza actúe, que son cosas distintas[Dr. Carlos Soriano]
Diferencia con la eutanasia
El Dr. Carlos Soriano deja en claro que esta ley es completamente diferente a la eutanasia. Mientras que la primera “es retiro del soporte vital, cuando el paciente ya no tiene salida, está sufriendo algo ominoso, algo terminal, algo que realmente lo hace prolongar una agonía”, en la eutanasia “el acto es transitivo. El médico, a pedido del paciente, no del familiar, le inyecta una droga que es letal”.
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