Se podrá habilitar a terceros a conducir un auto desde la app Mi Argentina, ¿cómo hacerlo?
A través de una nueva disposición del Ministerio de Justicia, los titulares de vehículos —personas humanas o jurídicas— podrán autorizar a otros a manejar su auto de manera 100% digital, sin necesidad de cédulas físicas adicionales.
Una nueva medida del Ministerio de Justicia permite a los titulares de automotores habilitar a terceros a conducir su vehículo directamente desde la aplicación Mi Argentina. La disposición busca simplificar trámites, reducir el uso de papel y adaptar los procesos registrales a las herramientas digitales ya utilizadas por millones de ciudadanos.
Cédula digital
La Disposición 566/2025 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, publicada en el Boletín Oficial, establece un nuevo mecanismo digital para que los titulares registrales —ya sean personas humanas o jurídicas— puedan habilitar a otras personas a conducir sus vehículos, sin necesidad de tramitar una cédula adicional en formato físico.
Este sistema ya estaba vigente desde 2019 para algunos casos, pero con las reformas introducidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 y sus posteriores disposiciones, ahora se amplía y se formaliza su implementación como parte de un proceso más amplio de modernización y simplificación de trámites.
La nueva funcionalidad se encuentra disponible en el apartado “Mis vehículos” de la aplicación Mi Argentina, la cual funciona como Perfil Digital del Ciudadano. Desde allí, el titular de un vehículo podrá autorizar a uno o más terceros determinados para conducir el auto.

Cómo se hace la autorización digital
El procedimiento es completamente remoto y no requiere la emisión de una cédula física adicional.
La persona titular del vehículo debe ingresar a la app Mi Argentina, seleccionar el dominio correspondiente desde la opción “Vehículos a mi nombre” y luego hacer clic en la opción “Habilitar a conducir”.
A continuación, deberá ingresar los datos del tercero que se desea autorizar, incluyendo nombre, apellido y número de CUIT, CUIL o CDI. Automáticamente, la cédula digital del vehículo quedará disponible en el perfil de la persona habilitada dentro de la misma aplicación.
Si en algún momento el titular desea revocar la autorización, podrá hacerlo desde la misma sección, lo cual también se efectúa de forma remota y sin intermediarios.

Mismo valor legal que la cédula física
La cédula digital que se genera a través de esta autorización tiene la misma validez legal que una cédula en formato físico. Esto significa que el autorizado podrá circular con el vehículo en cualquier parte del país y también realizar egresos temporarios del territorio nacional, si corresponde.
Sin embargo, el uso de esta cédula digital no exime al conductor de contar con la habilitación personal correspondiente (es decir, licencia de conducir vigente). Además, la disposición aclara que la responsabilidad civil en caso de daños sigue recayendo sobre el titular registral del vehículo.
Este cambio apunta a facilitar el uso compartido de automotores —algo frecuente en grupos familiares o entre personas de confianza— sin necesidad de acudir al registro para pedir una cédula adicional, lo cual implicaba tiempo, costos y trámites presenciales.
También aplica a personas jurídicas
Otra novedad destacada es que el nuevo sistema también será aplicable a personas jurídicas. Es decir, empresas, asociaciones o entidades que sean titulares de vehículos podrán usar este procedimiento digital para autorizar a empleados u otros conductores a manejar un auto.
En estos casos, deberán seguir el instructivo que figura como Anexo III de la disposición, el cual regula el mecanismo específico para estas figuras. De este modo, se facilita la gestión de flotas vehiculares y se desburocratizan trámites que, hasta ahora, eran mayormente presenciales y con documentación física.
EL
Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión