La Justicia revirtió el sobreseimiento de los dueños de Grido por presunta asociación ilícita fiscal
La Cámara Federal de Casación Penal dio un giro inesperado al tema “Grido”: este jueves 24 de julio anuló el sobreseimiento otorgado a los propietarios de Helacor S.A. (la empresa matriz de la famosa cadena de heladerías), ordenando que se realice un juicio oral por presunta asociación ilícita fiscal
Según la acusación, entre 2007 y 2012 los hermanos Santiago –Oscar Lucas, Lucas y Sebastián– habrían diseñado una estructura para evadir impuestos a gran escala. Bajo el modus operandi conocido como "operaciones W", crearon franquicias a nombre de figuras de confianza y facturaban sólo el 10 % del valor real, eludiendo el pago del IVA
En agosto de 2023, el Tribunal Oral Federal 2 de Córdoba había decidido el sobreseimiento, argumentando que la Ley de Blanqueo (27.743) y su decreto reglamentario 608/2024 –bajo la filosofía de la "ley penal más benigna"– cubrían incluso delitos de asociación ilícita fiscal . Pero ese criterio fue revertido: los jueces Hornos y Carbajo consideraron que esa ley no prevé la extinción de esa figura penal, ya que su daño es "indeterminado" y no puede cancelarse con un pago económico .
El voto en contra (del juez Barroetaveña) sostenía que el blanqueo debe interpretarse amplias e integralmente, buscando la "paz social" y la recaudación fiscal.
Como consecuencia, la causa vuelve al Tribunal Oral para iniciar el juicio oral contra los dueños de Grido. Podrán, como último recurso, llevar el caso a la Corte Suprema
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