El Senado advierte que sigue sin ser reglamentada la Ley del Acompañante Terapéutico
La norma está vigente pero sin aplicación práctica en materia de competencias laborales, requisitos para su habilitación y supervisión e incorporación a los sistemas de salud.
Sin debate ni exposiciones en el recinto, la Cámara de Senadores aprobó en su última sesión una comunicación que formalmente pide al Poder Ejecutivo Provincial que "a través del Ministerio de Salud u organismo que corresponda, proceda a la reglamentación efectiva de la Ley Provincial 13.970, que regula el ejercicio de la actividad técnica del acompañante terapéutico en el territorio de la provincia".
La minuta enviada a la Casa Gris agrega que la solicitud "se realiza en atención a la necesidad de instrumentar un marco regulatorio que garantice condiciones adecuadas de ejercicio profesional, integración al sistema de salud, y el efectivo cumplimiento de derechos para quienes desempeñan esta tarea fundamental en los equipos interdisciplinarios de atención y acompañamiento psicosocial".
El proyecto fue presentado por el senador Alcides Calvo (PJ-Castellanos) y parte de advertir que la norma fue sancionada por la Legislatura el 28 de noviembre de 2019 (y publicada en el Boletín Oficial el 3 de febrero del año 2020) con lo que pronto se cumplirán seis años de ese marco legal para el ejercicio profesional de los acompañantes terapéuticos en la Provincia de Santa Fe.
En los considerandos, Calvo sostiene que pese a que la norma "representa un avance significativo en el reconocimiento de una práctica profesional que resulta esencial en los procesos de inclusión social, rehabilitación y tratamiento de personas en situación de vulnerabilidad psíquica, social o médica" y que la figura del acompañante terapéutico "se ha consolidado como un eslabón fundamental en el enfoque interdisciplinario y comunitario de la salud, alineado con las perspectivas de salud mental establecidas en la Ley Nacional 26.657 y con los principios de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de jerarquía constitucional en nuestro país".
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El autor de la comunicación aprobada por unanimidad advierte que pese "al tiempo transcurrido desde su promulgación, la Ley 13.970 aún carece de su reglamentación, lo que ha impedido su efectiva implementación. Tal omisión representa una violación al principio de juridicidad y afecta directamente el ejercicio de derechos laborales, sociales y profesionales de cientos de acompañantes terapéuticos que desempeñan su tarea en condiciones de informalidad, precariedad o ausencia de reconocimiento institucional".
De inmediato enumera los efectos de la falta de reglamentación, que según Calvo obstaculiza aspectos clave de la ley como: "La delimitación precisa de competencias profesionales; la determinación de los requisitos para la habilitación y supervisión del ejercicio profesional; el establecimiento de estándares de formación, capacitación y control ético; y la incorporación de los acompañantes al sistema público de salud o su reconocimiento por parte de obras sociales y prestadores del sistema privado".
Por último, el texto insiste en que la función del acompañante terapéutico se enmarca en el paradigma de atención comunitaria y de salud en red, promovido tanto por la legislación nacional como por los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud. Y la ausencia de regulación "constituye no sólo una barrera legal, sino una traba para la consolidación de políticas públicas de salud mental inclusivas, descentralizadas y con base en derechos humanos".
"Configura una forma de inconstitucionalidad por omisión, como lo ha reconocido la jurisprudencia tanto provincial como de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al señalar que la falta de implementación efectiva de un derecho vulnera el principio de legalidad y de acceso igualitario a los beneficios de la ley", completa Calvo.
Luis Rodrigo - El Litoral
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